Cómo adelantar a un ciclista

El vídeo viral de la DGT en el que se muestra cómo adelantar a un ciclista

La DGT ha compartido un vídeo a través de las redes sociales, que en apenas unos días se ha vuelto viral, sobre la forma correcta para adelantar a un ciclista en carretera.

En el vídeo compartido por la DGT en Twitter se observa cómo el conductor invade el carril contrario, rebasando la línea continua, para efectuar la maniobra de adelantamiento. Sin embargo, a raíz de los comentarios generados, es evidente el gran desconocimiento por parte de muchos conductores, sobre la normativa prevista por la DGT para estos casos.

ADELANTAMIENTO A UN CICLISTA: ASÍ SE DEBE HACER

Efectivamente, en el vídeo se observa cómo el conductor del coche rebasa la línea continua de la carretera e invade parte del carril contrario para efectuar el adelantamiento. Y es que, como recoge expresamente el artículo 88 del Reglamento General de Circulación: “Cuando en un tramo de vía en el que esté prohibido el adelantamiento se encuentre inmovilizado un vehículo que, en todo o en parte, ocupe la calzada en el carril del sentido de la marcha, salvo que la inmovilización venga impuesta por las necesidades del tráfico, podrá ser rebasado, aunque para ello haya que ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario, después de haberse cerciorado de que se puede realizar la maniobra sin peligro. Con idénticos requisitos se podrá adelantar a conductores de bicicletas, ciclos, ciclomotores, peatones, animales y vehículos de tracción animal, cuando por la velocidad a que circulen puedan ser adelantados sin riesgo para ellos ni para la circulación en general”.

Es decir, la DGT establece claramente que en estos casos está permitido invadir el carril contrario, siempre y cuando no suponga ningún peligro para la circulación. Además, el conductor deberá mantener una distancia mínima, no inferior a 1,5 metros, con respecto al ciclista durante la maniobra de adelantamiento. Algo que también parece que cumple este conductor en el vídeo compartido por la DGT.

El conductor cumple perfectamente con la normativa vigente… pero también el ciclista. En el vídeo se observa cómo el ciclista va circulando por el arcén de la derecha según establece el artículo 36 del Reglamento General de Circulación. Este punto establece asimismo que el ciclista podría abandonar el arcén y circular por la parte derecha de la calzada en descensos prolongados en curvas, siempre y cuando sea seguro para todos.

Fuente: autopista.es   06-09-2022

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